Micelio
Auto2 de junio de 1995

A- de 1995

Ponente Antonio Barrera Carbonell

Demandante Alberto Cortes Rodriguez

Tema · dato duro
Solicitud De Aclaracion De La Sentencia T-143/95.
01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

Fallo De Tutela
  • Improcedencia de aclaración
1 tema · 1 subtema · fuente: índice temático de la relatoría
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)

Se negó la petición de aclarar la providencia de la referencia, toda vez que en la Sentencia C-113/93, se declaró inexequible el inciso 4o. del Art. 21 del Decreto 2067 de 1991, que permitía la aclaración de las sentencias.

Sin embargo, la Corte precisó que el ordinal segundo de dicha sentencia, en el sentido de indicar que el despacho judicial a que allí se alude es el juzgado Tercero Laboral del Circuito de Santafé de Bogotá y no el Juzgado Noveno Laboral del Circuito.

Texto de la relatoría · normalizado para lectura (mayúsculas → oración)
02

Qué decidió

Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

Ver la parte resolutiva (6 puntos)
  1. PRIMERO. NEGAR la petición de aclarar la sentencia T-143/95 dictada dentro del proceso de tutela adelantado por Alberto Cortés Rodríguez contra la Empresa Colombiana de Frenos "COFRE".
  2. SEGUNDO. Oficiosamente, PRECISAR el ordinal
  3. segundo. de dicha sentencia, en el sentido de indicar que el despacho judicial a que allí se le alude es el juzgado
  4. Tercero. Laboral del Circuito de Santafé de Bogotá y no el Juzgado
  5. Noveno. Laboral del Circuito.
  6. TERCERO. ORDENAR que por Secretaría se libren las comunicaciones previstas en el artículo 36 del Decreto 2591 de 1991, para los fines allí contemplados.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

La red del documentolos hilos más influyentes · el tamaño de cada nodo es cuántas veces lo cita la Corte
constitucionalidad unificación tutela
Citada por8
A. 260A/07Solicitud De Explicacion Sobre El Contenido De La Sentencia T-188/07. La Jurisprudencia De La Corte Constitucional Ha Señalado Que En Relacion Con Sus Sentencias No Procede Efectuar Aclaraciones, Ampliaciones, Adiciones O Revisiones De Las Mismas, Y Solo De Manera Excepcional Con El Fin De Posibilitar La Ejecucion De Sus Decisiones Y Asegurar La Proteccion De Los Derechos Fundamentales Procede La Aclaracion O Correccion De Sus Fallos. En El Presente Caso El Peticionario No Fue Parte Dentro Del Proceso De Tutela De La Referencia, Ademas De Que La Peticion Fue Formulada Por Fuera De Termino. RechazadaA. 188/07Solicitud De Aclaracion De La Sentencia C-316 De 2007. La Jurisprudencia De Esta Corporacion Ha Señalado Que En Relacion Con Las Sentencias De La Corte Constitucional No Procede Efectuar Aclaraciones, Ampliaciones, Adiciones O Revisiones De Las Mismas, Como Tampoco Corresponde A La Corte Rendir Conceptos Sobre Situaciones Concretas Derivadas De Las Mismas. Rechazado Por ImprocedenteA. 093/07Derecho De Peticion Respecto Del Alcance De La Sentencia C-1089 De 2003. No Procede Efectuar Aclaraciones, Ampliaciones, Adiciones O Revisiones De Sentencias De La Corte Constitucional Como Tampoco Rendir Conceptos Sobre Situaciones Concretas Derivadas De Las Mismas. RechazadoA. 246/06Solicitud De Consulta Respecto De La Sentencia C-370 De 2006. Rechazada Por ImprocedenteA. 245/06Solicitud De Aclaracion De La Sentencia C-370 De 2006. Rechazada Por ImprocedenteA. 243/06Solicitud De Aclaracion De La Sentencia C-313 De 2003. Rechazada Por Improcedente
Ver las 8

Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.